Micelio
Auto27 de febrero de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Diagnostilab Vm Sas·Demandado Ese Hospital San Juan De Sahagun

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Objetivo- La Causa Judicial Sobre La Cual Se Promovió El Proceso Ejecutivo Ya Fue Resuelta.
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil del Circuito de Sahagún (Córdoba) y el Juzgado 010 Administrativo del Circuito de Montería (Córdoba), por causa de una demanda ejecutiva presentada por Diagnostilab VM S.A.S., contra la E.S.E.

Hospital San Juan de Dios de Sahagún, persona jurídica de naturaleza pública del orden departamental con el fin de que se libre mandamiento de pago por valores contenidos en facturas que se originaron por la compraventa de productos farmacéuticos y medicinales.

Al analizar los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que no se configura dicho conflicto, porque no se cumple el presupuesto objetivo que exige el actual desarrollo de un proceso judicial, un incidente o cualquier otro trámite de naturaleza jurisdiccional.

Esto, dado que, el proceso ejecutivo ya fue resuelto puesto que mediante auto del 14 de junio de 2018 se ordenó seguir adelante con la ejecución y condenar en costas a la parte ejecutada y, posteriormente, se aprobó la liquidación del crédito.

Es decir, para la Sala es claro que la causa judicial ya fue zanjada y que los trámites que en la actualidad se adelantan están dirigidos únicamente a hacer efectivo el pago de la obligación y no para debatir su existencia.

La Sala Plena se declara inhibida para decidir el presente asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de jurisdicciones de la referencia planteado por el Juzgado 001 Civil del Circuito de Sahagún (Córdoba) y el Juzgado 010 Administrativo del Circuito de Montería.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6028 el Juzgado 001 Civil del Circuito de Sahagún (Córdoba) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la otra autoridad judicial en conflicto y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.